Muchos peruanos se preguntarán si hoy, jueves 27 de julio, fue declarado como feriado o día no laborable. En esta nota te contamos si podrás descansar este día con descanso remunerado y cuáles son las diferencias.
Según indica el Decreto Legislativo N.° 713, los días feriados por Fiestas Patrias son este viernes 28 y sábado 29 de julio. Los trabajadores que acuerden trabajar estos días, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple pago correspondiente.
- La remuneración correspondiente al día feriado
- La remuneración correspondiente a la labor efectuada
- Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneración correspondiente a la labor efectuada.
Sin embargo, el Gobierno declaró el jueves 27 de julio día no laborable, el cual es aplicable para los trabajadores del sector público. Este día es considerado hábil y las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.
En el caso del sector privado, el acogimiento a esos días no laborables es voluntario. El empleador y los trabajadores deberán llegar a un acuerdo sobre cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, pero a falta de acuerdo decidirá el empleador.
FERIADOS QUE QUEDAN EN EL 2023
- 28 y 29 de julio: Fiestas Patrias
- 6 de agosto: Batalla de Junín
- 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
- 8 de octubre: Combate de Angamos
- 1 de noviembre: Todos los santos
- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
- 25 de diciembre: Navidad





