El Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) oficializó el Decreto Supremo N.° 018-2025-MTC, que introduce cambios específicos al Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1216 y al Reglamento Nacional de Tránsito (RNT).
Las nuevas disposiciones están enfocadas en fortalecer la seguridad ciudadana y mejorar el control vehicular en sectores específicos del país.
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La principal modificación establece que las infracciones por no usar chaleco distintivo con el número de placa —códigos G.68 y G.69 del RNT— solo podrán aplicarse en territorios declarados en estado de emergencia por orden interno, y únicamente si la norma de dicha declaratoria lo dispone de forma explícita.
Estas infracciones mantienen la sanción vigente: multa de S/ 428 (8% de la UIT), 20 puntos en el récord del conductor y retención del vehículo.
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El código G.68 sanciona no portar el chaleco, mientras que el G.69 penaliza impedir la visibilidad de la placa consignada en él.
Cuando un casco no cuente con visor, el uso de lentes protectores pasa a ser obligatorio, y su incumplimiento se tipifica como infracción grave bajo el código G.59. Esta falta también se sanciona con multa de S/ 428 (8% de la UIT) y la retención del vehículo.
Otro cambio importante es que, desde ahora, el visor del casco no necesita ser transparente, siempre que forme parte del diseño original de fábrica y el casco cuente con certificación.
Además, se elimina la prohibición de incorporar elementos que protejan parte del rostro del viento y el polvo, lo que permitirá a los motociclistas elegir el tipo de visor que brinde mejor visibilidad según las condiciones de luz.





