El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 32413, que promueve el uso de la billetera digital como un medio válido para que los empleadores abonen el pago de haberes y otras obligaciones laborales a los trabajadores de los sectores público o privado.
La iniciativa fue aprobada el pasado 12 de junio en el Congreso y publicada este sábado en el diario oficial El Peruano.
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La norma reconoce la billetera digital, entre ellas Yape o Plin, como un medio de pago válido para que los empleadores realicen el pago de haberes y otras obligaciones laborales (CTS, gratificación, etc.) a sus trabajadores de los sectores público o privado.
“Se debe cumplir con los estándares de seguridad”
La ley se aplica para los que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, elijan el uso de la billetera digital para la percepción del sueldo y demás obligaciones laborales, en caso el trabajador considere que esta modalidad le resulta más conveniente.
“En todos los casos, se debe cumplir con los estándares de seguridad establecidos en el reglamento”, señala la ley.
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Mientras que la ley precisa que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) fija el nuevo límite operativo a la billetera digital que haga operaciones con dinero electrónico para los fines expuestos líneas arriba.
Vale mencionar que el Ejecutivo, por medio del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobará el reglamento de esta ley en un plazo no mayor de 90 días calendario contados desde su entrada a vigor.





