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Publican decreto supremo sobre el uso de playas: ¿cuáles son las restricciones?

octubre 23, 2020 –
08:54.
Actualizado en enero 22, 2025 –
00:00.
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El Gobierno publicó el decreto supremo (N° 116-2020) en el que se establecen medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social en el marco del Estado de Emergencia generada por la Covid-19.

En ese sentido, la norma precisa las pautas para el uso de las playas en el litoral peruano, el cual se dará por etapas durante el periodo de emergencia “a fin de evitar aglomeraciones y poder adoptar medidas para un adecuado control”.

Por ello, de lunes a jueves se podrá ingresar al mar y a las zonas colindantes, para lo cual la población deberá respetar el distanciamiento social, el uso de mascarillas y las demás medidas de bioseguridad que determine la Autoridad Sanitaria Nacional.

Además, se continuará permitiendo el uso de los espacios públicos aledaños, tales como malecones, veredas, ciclovías, entre otros, para el desarrollo de deportes al aire libre. Sin embargo, no se encuentra permitido el consumo de alimentos y bebidas (excepto agua) en zonas de descanso de arena o piedras.

No obstante, en una primera etapa, en Lima y Callao los viernes, sábados y domingos no se hará uso del mar y tampoco de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, exceptuándose la realización de deportes acuáticos.

Por último, cabe resaltar que, para el resto del litoral peruano, las municipalidades provinciales adoptarán las acciones correspondientes para el uso de las playas, en coordinación con los Gobiernos Regionales y sus respectivas Direcciones Regionales de Salud y de Comercio Exterior y Turismo.

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