El Ministerio de Salud (Minsa) comunicó que ya no será necesario que los trabajadores presenten el resultado de una prueba de descarte o un certificado de descanso medico para iniciar el aislamiento ante la presencia de síntomas relacionados al COVID-19.
Mediante un comunicado, la entidad sanitaria señaló que las personas con síntomas compatibles con coronavirus deben retornar o permanecer en su vivienda para el aislamiento de acuerdo con la Disposición 2 de la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021, Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2.
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Asimismo, detalló que para que el trabajador realice el aislamiento en el ámbito comunitario no es necesaria la presentación de un documento que otorgue el descanso médico o el resultado de una prueba molecular o de antígeno, debiendo comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente.
Cabe precisar que los trabajadores que retornen a laborar post aislamiento deberán presentar su constancia de descanso médico, la cual podrá ser tramitada mediante las siguientes opciones:
- Llamando a la Línea 113 o las líneas habilitadas por las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) o Gerencias Regionales de Salud (Geresa).
- Ingresando al sistema de https://teleatiendo.minsa.gob.pe/ (en estas dos opciones, el certificado será enviado a su correo o celular luego de la atención médica, en un plazo no mayor a 24 horas).
- Siendo atendido por un médico del sistema público o privado.





