El sistema de justicia peruano ha marcado un precedente importante en la lucha contra la impunidad. El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional rechazó formalmente la solicitud del terrorista Víctor Polay Campos, exlíder del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), para acogerse a la Ley 32107. Esta norma, que busca establecer límites a la persecución de delitos de lesa humanidad cometidos antes de 2002, fue declarada inaplicable para este caso específico.
La decisión judicial implica el rechazo de la excepción de prescripción presentada por la defensa de Polay y otros coprocesados. Al declarar la norma como no aplicable, el colegiado ratificó que los hechos investigados revisten una gravedad extrema.
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Víctor Polay Campos y el caso ‘Las Gardenias’
Según informó la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, el proceso penal seguirá su curso natural, programando la etapa de control de acusación para el próximo 29 de diciembre a las 9:45 horas.
Polay Campos enfrenta graves cargos por homicidio calificado y terrorismo agravado en el marco del sanguinario caso ‘Las Gardenias’. Esta investigación detalla el asesinato sistemático de miembros de la comunidad LGTBI ocurrido entre 1989 y 1992 en la región San Martín, actos cometidos bajo la ideología del grupo terrorista que lideraba.
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Implicancias y peticiones fiscales
Dada la naturaleza de los crímenes, calificados como de lesa humanidad, el Ministerio Público mantiene una postura severa. La Fiscalía ha solicitado la pena de cadena perpetua para el exmiembro de la cúpula del MRTA. Cabe recordar que, a inicios de diciembre, ya se le habían dictado 18 meses de prisión preventiva adicionales por este caso.
Actualmente, Víctor Polay se encuentra recluido cumpliendo una sentencia de 35 años de prisión por terrorismo, la cual está próxima a vencer. Sin embargo, con este nuevo revés judicial, el ex cabecilla terrorista deberá permanecer bajo el escrutinio de la justicia para responder por las ejecuciones extrajudiciales en la selva peruana.
#LoÚltimo El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró inaplicable la Ley N.° 32107 y rechazó la excepción de prescripción de la acción penal presentada por la defensa de Víctor Polay Campos, líder del MRTA, y otros investigados por el delito de asesinato. pic.twitter.com/5LiSATvA9T
— Corte Superior Nacional (@csnjpeOficial) December 16, 2025





