Política
Por otro lado, el titular de la Fiscalía de la Nación defiende su decisión de demandar a la presidenta Dina Boluarte.
3 de junio del 2024 | 06:25 Hrs.El titular de la Fiscalía de la Nación, Juan Carlos Villena, minimizó la denuncia constitucional en su contra, presentada por el ciudadano Jhon Carlos López Goicochea.
"No tiene ninguna posibilidad de éxito", acentuó Villena en diálogo con Latina.
Como se informó días atrás, el documento en mención, remitido al Congreso de la República, advierte que el actual representante del Ministerio Público incurrió en una presunta infracción de la Constitución Política y vulneración dolosa al Código Procesal Penal.
"Al amparo de los artículos 99, 100 y 117 de la Constitución Política del Perú, y del artículo 89 del Reglamento del Congreso de la República; interpongo denuncia constitucional contra Juan Carlos Villena, en su condición de fiscal de la Nación, por haber incurrido en la infracción al precepto constitucional, establecido en el artículo 117 de la Constitución; así como por la presunta comisión del delito contra la administración de justicia, en la modalidad de prevaricato, establecido en el artículo 418 del Código Penal", sostiene López Goicochea.
La denuncia se formula tras la presentación de una acusación constitucional que involucra la figura de la presidenta Dina Boluarte, por la comisión del delito contra la administración de justicia, en la modalidad de cohecho pasivo impropio, por el caso Rolex.
"El actuar del fiscal de la Nación no solo contraviene la Carta Magna, sino que también vulnera dolosamente el precepto establecido en el artículo 418 de la norma sustantiva penal, ya que con la emisión de la disposición de la Fiscalía de la Nación ha incurrido en el delito de prevaricato", refiere el ciudadano.
Al respecto, Villena defendió su decisión de presentar una demanda contra la jefa de Estado.
"La interpretación del Poder Judicial dice que en un presidente de la República en funciones sí puede ser investigado preliminarmente. Quien está limitado por el artículo 117 es el Congreso de la República, pero el Ministerio Público no. (...) El Congreso no puede dar trámite, porque está en funciones la presidenta. Concluido su período, recién empezará el trámite. Nosotros tenemos que cumplir con el curso de la investigación. La investigación completa está en el Congreso", explicó al referido canal.
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