Política
"Esta sentencia parece un reflejo de los mismos conceptos que maneja la ley con respecto a la definición de terrorismo", señaló el coronel (r).
17 de mayo del 2023 | 22:50 Hrs.Juan Carlos Liendo, exjefe de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI), saludó la sentencia de la Corte Suprema donde resuelve que la protesta ciudadana, principalmente la que se da de manera violenta, no tiene protección jurídica alguna, dado que no está reconocida en la Constitución.
"Esta sentencia parece un reflejo de los mismos conceptos que maneja la ley con respecto a la definición de terrorismo. O sea, es bien importante. Vemos aquí que una posición desde el juez San Martín se presenta en un escenario donde hay expresidentes con acusaciones constitucionales y penales sobre el caso de la protesta. Sagasti, está Vizcarra también y Merino", manifestó en el programa 'Combutters'.
El coronel (r) señaló, en tal sentido, que la subversión se enfoca en actos políticos para derrocar a un Gobierno y ocupar el poder.
"El terrorismo se refiere a actos, a acciones, a hechos concretos que generan terror por motivación política o ideológica", sentenció.
La Sala Penal de la Corte Suprema resolvió que la protesta ciudadana, principalmente la que se da de manera violenta, no tiene protección jurídica alguna, dado que no está reconocida en la Constitución, ni en ninguna otra norma legal.
"Admitir la existencia de un derecho a la protesta, en términos de reclamar o expresar, generalmente con vehemencia, la opinión, queja o disconformidad, llegando a la violencia que vulnera derechos ajenos, es un razonamiento inconstitucional e inconvencional", indicó el tribunal.
De esta manera, la sala precisa que una manifestación, aun cuando sea pacífica, que afecte derechos de terceros o el sistema económico, degrada y deslegitima irremediablemente la protesta y se convierte en un delito.
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