El Instituto de Defensa Legal (IDL), bajo la dirección de Carlos Rivera Paz, obtuvo una resolución favorable en primera instancia que lo exonera de cumplir con aspectos fundamentales de la Ley 32301. Esta normativa, conocida como la Ley APCI, busca incrementar la transparencia y supervisión de las ONG en el país.
La magistrada Rocío del Pilar Rabines Briceño, del Sexto Juzgado Constitucional de Lima, declaró inaplicables varios artículos de la norma tras un recurso de amparo presentado por la organización. Según la resolución, el fallo se fundamenta en tres artículos específicos que afectaban las operaciones del IDL.
IDL: Argumentos legales y el uso de recursos extranjeros
Esta decisión judicial surge en un contexto de debate sobre la fiscalización de la cooperación internacional. Los fondos destinados a estas organizaciones suman aproximadamente 500 millones de dólares anuales, de los cuales solo una fracción era supervisada anteriormente.
El IDL fundamentó su pedido de amparo alegando que términos como “uso indebido de recursos” poseen una redacción abierta e indeterminada.
Para la organización, dicha terminología resulta subjetiva, lo que imposibilitaría determinar qué actos específicos constituyen una infracción bajo la nueva Ley APCI.
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Alejandro Aguinaga se pronuncia
Por su parte, el congresista Alejandro Aguinaga defendió la necesidad de la ley señalando que el Perú tiene normas que deben cumplirse obligatoriamente. Aguinaga sostuvo que todos los proyectos de cooperación técnica deben estar inscritos para garantizar que el dinero llegue a los sectores más necesitados.
Existen cuestionamientos sobre el destino de estos aportes, indicando que entre el 80% y 90% de los ingresos se destinarían a sueldos y asesorías técnicas. Esta distribución de gastos limitaría el impacto real de los fondos en las poblaciones en situación de pobreza.
IDL y sus procesos administrativos
No es la primera vez que el Instituto de Defensa Legal enfrenta discrepancias con los entes reguladores de la cooperación internacional. El 20 de marzo de 2025, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional inició un proceso administrativo sancionador contra la entidad.
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Dicho proceso se originó por una presunta falta grave relacionada con la obstaculización de un procedimiento de fiscalización previo. La actual resolución judicial detiene, momentáneamente, los esfuerzos por establecer una mayor vigilancia sobre los planes operativos de la organización.
En cuanto a su actividad jurídica, el IDL ha mantenido el patrocinio de diversos perfiles, incluyendo casos vinculados a investigaciones por terrorismo y delitos comunes. Entre sus defendidos se encuentra Jenny Romero Coro, quien obtuvo una gracia presidencial tras su representación legal.
La Ley APCI, aprobada el 14 de abril de 2025, otorgaba facultades para verificar que los aportes extranjeros estuvieran alineados a los intereses del Estado. Con este fallo de primera instancia, la aplicación integral de la norma queda en suspenso para esta ONG.









