Fuero militar policial: ¿impunidad o respaldo a la PNP y Fuerzas Armadas?

La disposición complementaria final aplica para todos los casos en que no exista una sentencia firme y consentida en última instancia.

junio 24, 2026 –
22:03.
Actualizado en junio 24, 2026 –
22:06.
Cuestionamientos al fuero militar policial
Cuestionamientos al fuero militar policial

El Congreso de la República aprobó en segunda votación un dictamen que modifica la justicia penal en el país.

Con 52 votos a favor, se dispuso que los delitos de función cometidos por miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas sean procesados exclusivamente en el fuero militar policial, retirándolos de la jurisdicción ordinaria.

La medida, impulsada por el parlamentario Fernando Rospigliosi, modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal.

El objetivo de la norma es precisar los delitos de función y establecer sanciones para el personal involucrado en organizaciones criminales.

Modificaciones y archivo de procesos vigentes

El documento aprobado establece disposiciones de cumplimiento obligatorio para los magistrados del Poder Judicial en un plazo máximo de 30 días.

Los jueces civiles deberán archivar las investigaciones preparatorias o procesos en trámite relacionados con delitos de función de policías y militares.

La disposición complementaria final aplica para todos los casos en que no exista una sentencia firme y consentida en última instancia.

Esto implica dejar sin efecto cualquier medida de coerción personal o real, así como las reparaciones civiles ordenadas previamente.

El exfiscal anticorrupción Martín Salas advirtió sobre el impacto de esta norma en la coyuntura del sistema jurídico.

Indicó que el cambio normativo podría condicionar el desarrollo de las investigaciones que involucran a miembros de las fuerzas del orden.

Debate técnico sobre fuero militar policial

La exministra de Justicia Delia Muñoz señaló la necesidad de evaluar los mecanismos de control dentro de la institución.

Muñoz enfatizó que se debe prestar mayor atención a la preparación, calidad y selección de los jueces que integran el fuero militar policial.

Por su parte, el abogado penalista Luis Lamas Puccio recordó que existen protocolos precisos que regulan la actuación de las fuerzas del orden.

Estos lineamientos determinan si el uso de armas de fuego con consecuencias letales corresponde estrictamente a un acto de servicio.

Bajo este marco normativo, casos como el de los oficiales investigados por la muerte de un menor en Manchay pasarán a la justicia especializada.

El dictamen establece que este sistema de administración de justicia no será aplicable para los ciudadanos civiles.

El debate se centra en determinar si la medida constituye una herramienta de impunidad o un respaldo efectivo a las instituciones encargadas de la seguridad.

El Congreso determinó que las fuerzas del orden mantengan esta jurisdicción especial para evaluar las acciones ocurridas durante sus operaciones.

La norma define que los miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas que incurran en faltas graves sean juzgados por sus propios pares.

El proceso penal ordinario solo mantendrá competencia en situaciones ajenas a las responsabilidades operativas e institucionales.

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