El Ministerio Público ha decidido cerrar uno de los capítulos judiciales más polémicos de la gestión de la expresidenta Dina Boluarte. El fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, dispuso el archivo definitivo de la investigación preliminar seguida contra la exmandataria y sus entonces ministros de Estado por el incremento del sueldo presidencial, oficializado mediante decreto supremo el 4 de julio del año pasado.
La controversia se originó cuando la remuneración del cargo de jefe de Estado pasó de S/15 600 a S/35 568 mensuales. Esta medida motivó que el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del partido Voces del Pueblo interpusiera una denuncia penal, alegando que se habrían cometido los delitos de negociación incompatible y aprovechamiento indebido del cargo.
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Según la denuncia, el Ejecutivo habría vulnerado la Ley N° 28212, la cual establece que el sueldo presidencial no debe exceder las 10 Unidades Remunerativas del Sector Público (URSP), equivalente a S/26 000.
Ministerio Público determina inexistencia de materialidad penal
Pese a los argumentos de la parte denunciante, la disposición fiscal concluye que no existe mérito para formular una denuncia constitucional. Según el titular del Ministerio Público, resulta “jurídicamente imposible subsumir los hechos” en la tipificación de los delitos imputados.
En términos sencillos, la Fiscalía sostiene que la emisión del decreto y el ajuste salarial no configuran un acto de corrupción o aprovechamiento ilícito bajo los estándares del código penal vigente.
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En consecuencia, el despacho de Gálvez ordenó no solo el archivo de todo lo actuado, sino también la anulación de cualquier registro informático generado durante este proceso, limpiando así el historial judicial de los implicados por este caso específico.
Abogado de Dina Boluarte se pronuncia
Tras conocerse la noticia, la defensa legal de la exmandataria saludó la decisión. Su abogado enfatizó que la investigación nunca debió iniciarse, calificando la denuncia como un “capricho personal” de los denunciantes. “Para casos como este, es suficiente una indagación previa para determinar la ausencia de materialidad penal”, señaló el letrado, comparando la situación con recientes crisis de legitimidad en otros organismos electorales.











