El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) inició la recepción de solicitudes de dispensas y justificaciones para los ciudadanos que no acudieron a votar o no cumplieron con la instalación de las mesas de sufragio durante la segunda elección presidencial 2026 celebrada el pasado domingo 7 de junio.
El proceso, habilitado de manera inmediata tras la jornada electoral a nivel nacional, busca que los omisos presenten los sustentos debidos para extinguir las multas electorales correspondientes a través de las plataformas oficiales del organismo.
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Elecciones 2026: cómo tramitar la dispensa virtual del JNE paso a paso
Luis Grillo, vocero oficial del JNE, aclaró la diferencia técnica entre ambos procedimientos para guiar correctamente a la ciudadanía. Según detalló el funcionario, la dispensa aplica estrictamente para aquellos electores que se vieron imposibilitados de ejercer su derecho al voto.
Por otro lado, la justificación está reservada de forma exclusiva para los miembros de mesa, ya sean titulares o suplentes, que no asistieron a la instalación de la mesa de votación.
Modalidad de procedimiento
El Jurado Nacional de Elecciones enfatizó que todo el proceso se realiza bajo la modalidad de trámite virtual. La plataforma del Sistema de Dispensa Virtual se encuentra operativa las 24 horas del día, los siete días de la semana, facilitando el acceso a los usuarios desde cualquier dispositivo con internet.
Una vez ingresada la solicitud con los documentos probatorios, la institución cuenta con un plazo máximo de cinco días hábiles para emitir una respuesta oficial sobre la procedencia del pedido.
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El vocero electoral manifestó que, si bien la vía digital es el canal prioritario, el organismo recibirá de forma física y excepcional las solicitudes en cualquiera de sus sedes habilitadas a escala nacional para quienes tengan dificultades técnicas.
¿Cómo hago para que declaren procedente mi trámite tras elecciones?
Para que una solicitud sea declarada procedente, el ciudadano debe acreditar fehacientemente alguna de las causales estipuladas por la normativa electoral. Entre los motivos válidos que eximen de la multa figuran los problemas de salud, viajes de estudios o médicos al extranjero, desastres naturales, fallecimiento de familiares directos, funciones asociadas al día electoral, errores en el padrón de Reniec, discapacidad física, pérdida del Documento Nacional de Identidad (DNI) y el periodo de lactancia materna, entre otros escenarios debidamente documentados.







