Daniel Salaverry es absuelto y ya no irá a prisión: Corte Suprema revoca condena de 8 años de cárcel

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el juez César San Martín, anuló la condena de 8 años de prisión efectiva que pesaba sobre el expresidente del Congreso por el delito de peculado doloso.

diciembre 2, 2025 –
09:44.
Actualizado en diciembre 2, 2025 –
10:13.
Daniel Salaverry, expresidente del Congreso.
Daniel Salaverry, expresidente del Congreso.

La reciente decisión de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema generó un impacto inmediato en el escenario político, pues cerró un caso que mantenía a Daniel Salaverry al borde de una condena efectiva. El máximo órgano penal tomó un rumbo distinto al fallo inicial contra el expresidente del Congreso de la República.

El tribunal, presidido por el juez César San Martín, analizó nuevamente el expediente y concluyó que la sentencia previa no cumplía con los criterios necesarios para sostener una condena por peculado doloso.

La apelación que cambió el rumbo del proceso

Tras revisar el caso este martes 2 de diciembre, la Corte Suprema resolvió revocar la condena de 8 años de prisión que pesaba sobre el extitular del Parlamento. El recurso de apelación presentado por Salaverry fue declarado fundado.

Con ello, el exparlamentario quedó absuelto de los cargos por peculado doloso por apropiación para sí o para otros, delito que se le atribuía en agravio del Estado.

Los hechos que sustentaron la acusación fiscal

La condena inicial, emitida el pasado 21 de marzo, se basaba en la acusación de que Salaverry se habría apropiado de S/ 10,000 asignados para cubrir gastos de la semana de representación entre 2017 y 2018.

Además de la pena privativa de libertad, el Poder Judicial había dictado una inhabilitación de cinco años, una reparación civil de S/ 119,577 y una multa equivalente a S/ 71,699.

Corte revoca todo el fallo anterior

Después de la apelación, todas las medidas señaladas quedaron sin efecto. La Sala Suprema consideró que la naturaleza del dinero asignado al exlegislador no cumplía los criterios para ser considerado peculado doloso.

Según el análisis del tribunal, se trataba de un concepto distinto al de un fondo sujeto a rendición de cuentas, como inicialmente interpretó la primera instancia.

Motivo central de la absolución: no era caudal público

En su fundamentación, la Corte Suprema precisó que la asignación por semana de representación –S/ 2.800 netos por semana– debía entenderse como un pago por servicios.

“Se trata de una retribución por servicios personales, de un pago adelantado de un monto fijo por el que se tributa el impuesto a la renta, quinta categoría”, explicó César San Martín al leer la resolución.

¿Cómo reaccionó Daniel Salaverry?

Al respecto, Salaverry declaró: “Estoy tranquilo y contento (…) Gracias a Dios, hay jueces, como César San Martín, honorables y de altísimo nivel que han puesto las cosas en su sitio”, sostuvo para Canal N.

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