El congresista José Luna Gálvez presentó ante el Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima una demanda de acción de cumplimiento contra el presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, y la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Miralles, en cumplimiento de la Ley 31729, del Bono de Reconocimiento ONP.
El objetivo central es forzar al Ejecutivo a acatar y cumplir la Ley 31729, referente al Bono de Reconocimiento ONP. Esta norma es crucial para más de tres millones de trabajadores.
Se trata de afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que decidieron trasladarse al Sistema Privado de Pensiones (SPP) a partir del año 2002.
Ratificación del Tribunal Constitucional sobre Bono de Reconocimiento ONP
La Ley 31729 establece que el Gobierno, a través de un Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), debe emitir este bono de reconocimiento. El plazo estipulado para esta emisión era de 12 meses desde la publicación de la ley.
La norma fue aprobada por insistencia en el Congreso y se publicó en el diario oficial El Peruano el 27 de abril de 2023. Esto se dio después de que el Ejecutivo la observara en un primer momento.
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Pese a su publicación, el plazo máximo para la emisión de los bonos venció el 28 de abril de 2024. Esto significa que han transcurrido más de 18 meses sin que el Ejecutivo concrete la medida.
El Gobierno interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la ley. No obstante, el Tribunal Constitucional declaró esta demanda infundada en septiembre de 2024, ratificando la plena vigencia de la Ley 31729.
Luna Gálvez argumentó que el propósito de la acción de cumplimiento es que el Poder Judicial exija al Ejecutivo el cumplimiento de la ley. Esto busca entregar el beneficio a los millones de afiliados que esperan el Bono de Reconocimiento.
Finalidad del Bono de Reconocimiento ONP
El congresista recordó que el Estado ya había entregado bonos de reconocimiento anteriormente, cubriendo el periodo desde 1992 hasta el 2001. A los afiliados que realizaron el traslado a una AFP desde 2002 en adelante, se les negó este derecho.
El Bono de Reconocimiento tiene como finalidad incrementar la cuenta individual del trabajador y, consecuentemente, mejorar sus futuras pensiones.
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El líder de Podemos Perú afirmó que la Constitución establece que los fondos de pensiones son intangibles. Esta intangibilidad debe protegerlos de intervenciones que sean arbitrarias o abusivas por parte del Estado.
Más de 3 millones de beneficiarios
Según cifras de la ONP, el beneficio abarcaría a más de 3.1 millones de trabajadores. Estos ciudadanos aportaron a lo largo de varios años y ahora esperan el reconocimiento de esos montos.
A raíz del incumplimiento, la demanda presentada al Poder Judicial solicita que se disponga un plazo perentorio de diez días hábiles para que el Ejecutivo emita el decreto supremo correspondiente.










