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Decreto Supremo permite a laboratorios privados comercializar vacunas contra el coronavirus


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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

El artículo 8, sobre quienes soliciten el permiso, señala que podrán hacerlo aquellos que tengan autorización sanitaria, como laboratorio de productos farmacéuticos.

El Ministerio de Salud, por medio del reglamento de la Ley N°31091, aprobó que diversas entidades privadas puedan comercializar las vacunas contra la Covid-19 las cuales llegaran al país en los meses siguientes.


Para esto, las empresas deberán contar con un registro sanitario condicional que autoriza la fabricación, importación, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, expendio o uso de los mencionados medicamentos.


Asimismo, el artículo 8, sobre quienes soliciten el permiso, señala que podrán hacerlo aquellos que tengan autorización sanitaria como laboratorio de productos farmacéuticos o droguería.


Digemid será la entidad encargada de aprobar o denegar la solicitud de inscripción o reinscripción en el registro sanitario condicional, y esto se dará en un plazo no mayor de 90 días calendario.


Se detalla además que estos productos deberán ser comercializados solo con receta médica o receta especial numerada.

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