Política


Corte IDH sobre Alberto Fujimori: Estado peruano debe abstenerse de implementar la sentencia del TC


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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolvió, a través de un documento, que el Estado peruano debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (TC) que restituye el indulto del expresidente Alberto Fujimori.

El órgano internacional publicó la resolución luego de evaluar el pedido de medidas provisionales por parte de los representantes de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

“El Estado del Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo del 2022, que restituye los efectos al indulto ‘por razones humanitarias’ concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre del 2017, debido a que no cumplió con las condiciones determinadas en la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de 30 de mayo de 2018?, se lee en documento.

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Asimismo, la Corte IDH refiere que se llevará a cabo una labor de supervisión específica sobre el indulto humanitario que se le concedió a Alberto Fujimori, a través de la supervisión de cumplimiento de la obligación de Investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La cantuta, tal como lo hizo en su Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de 30 de mayo de 2018.

Por otro lado, piden al Perú que presente, a más tardar el 13 de mayo, un informe sobre el cumplimiento de su fallo del 2018 en lo referente al cumplimiento de la sentencia de los casos Barrios Altos y La Cantuta. Finalmente, disponen que los representantes de las víctimas y la CIDH presenten observaciones al informe que presente el Estado peruano en un plazo de cuatro a seis semanas luego de haber sido notificados.

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