El próximo feriado largo en Perú será por el Día del Trabajador, el 1 de mayo. En esta fecha, los trabajadores tienen el derecho de disfrutar de un día de descanso remunerado.
El Poder Ejecutivo, a través del Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM, publicado en el diario El Peruano, declaró como día no laborable para el sector público el viernes 2 de mayo.
Así, desde el jueves 1 al domingo 4 de mayo habrá un nuevo fin de semana largo en el Perú, a fin de promover la práctica del turismo interno.

PAGO TRIPLE SI SE LABORA ESE DÍA
De acuerdo con el decreto supremo, las horas dejadas de laborar durante los días no laborables establecidos en el artículo precedente se compensan en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de las necesidades de la entidad.
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Si el empleador considera que el trabajador debe laborar el día declarado como feriado y sin descanso sustitutorio, este tiene derecho a una sobretasa del 100 % por el trabajo realizado, además del pago regular por ese día. Es decir, en la práctica percibiría el triple de su remuneración diaria.
SERÁ OPCIONAL PARA EL PRIVADO
No obstante, el día no laborable oficializado por el Gobierno peruano será opcional para el sector privado.
“Los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deben establecer la forma como se hace efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decide el empleador”, se lee en el dispositivo.

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DIFERENCIAS ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE
Un feriado es una fecha establecida por ley en la que se suspende la jornada laboral y, si se trabaja, se debe pagar doble o con descanso sustitutorio, mientras que un día no laborable es una disposición del gobierno, generalmente para el sector público (y opcional para el sector privado), que otorga descanso sin obligación de pago adicional. Esas horas deben recuperarse posteriormente.








