El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por 30 días calendario, a partir de hoy 14 de febrero, declarado en el departamento de Lima, en la Provincia Constitucional del Callao y en las carreteras Panamericana Sur, Panamericana Norte, Central, corredor vial sur Apurímac-Cusco-Arequipa y corredor vial Interoceánica Sur.
Según el Decreto Supremo 022-2023-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Policía Nacional del Perú (PNP) será la encargada de mantener el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Durante la ampliación se aplicará lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución Política sobre restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio (excepto en las carreteras de la Red Vial Nacional antes mencionadas), libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución.
Dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia prorrogado, la PNP deberá presentar al titular del Ministerio del Interior un informe detallado de las acciones ejecutadas durante la vigencia de la medida y los resultados obtenidos.
El decreto supremo lleva la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte, y es refrendado por el jefe del Gabinete Ministerial y los titulares del Interior, de Defensa y de Justicia y Derechos Humanos.
Como se recuerda, mediante el Decreto Supremo 009-2023-PCM se declaró por 30 días calendario, a partir del 15 de enero del 2023, el estado de emergencia en los departamentos de Puno, Cusco, Lima, en la Provincia Constitucional del Callao, en la provincia de Andahuaylas (Apurímac), en las provincias de Tambopata y Tahuamanu (Madre de Dios), y en el distrito de Torata (Moquegua).





