El Gobierno peruano aprobó un bono especial destinado a docentes investigadores de universidades públicas, con montos que alcanzan hasta los S/ 4,434.
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 028-2026-EF y establece los requisitos para la entrega del incentivo económico, el cual será otorgado durante nueve meses a profesores que acrediten actividad científica y cumplan con los estándares exigidos por la normativa vigente.
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La norma, refrendada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Educación, busca fortalecer la investigación académica en las casas de estudio estatales. Para ello, se definieron montos diferenciados según la categoría del docente y su régimen de dedicación.
Montos del bono anunciado por el Gobierno
De acuerdo con el decreto supremo, los docentes principales a tiempo completo o con dedicación exclusiva recibirán un incentivo mensual de S/ 4,434.91. En el caso de los profesores asociados, la bonificación será de S/ 2,910.25, mientras que los docentes auxiliares percibirán S/ 2,616.50.
Este beneficio tiene carácter exclusivamente de incentivo y no constituye remuneración, compensación ni derecho pensionable. Tampoco se incorpora a la remuneración del personal ni sirve como base para calcular otros beneficios laborales.

El pago se realizará de forma mensual desde abril hasta diciembre de 2026, siempre que el docente cumpla con las condiciones establecidas en la normativa.
Requisitos para acceder al beneficio
Para acceder a la bonificación, los docentes deben estar registrados como profesores ordinarios en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), con régimen de dedicación exclusiva o a tiempo completo en una universidad pública.
Además, es obligatorio contar con una calificación vigente en el Registro Nacional Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (RENACYT), en los niveles Investigador Distinguido, Nivel I, II o III.
Los beneficiarios también deben acreditar producción científica reciente o participación en proyectos de investigación registrados por su universidad en los últimos tres años, lo que incluye artículos publicados en bases académicas reconocidas como SciELO, Scopus o Web of Science.
Condiciones y restricciones del incentivo
La normativa establece que los docentes investigadores solo podrán percibir el bono en una universidad pública, incluso si desarrollan actividades académicas en más de una institución.
Asimismo, no podrán acceder al beneficio quienes desempeñen cargos como rector, vicerrector o autoridades de comisiones organizadoras, debido a que dichas funciones se realizan bajo dedicación exclusiva.
El decreto también precisa que los docentes perderán la bonificación si dejan de cumplir los requisitos establecidos, renuncian al beneficio, son excluidos del RENACYT o incurren en faltas contra la ética y la integridad científica.
Rol de las universidades en la implementación
Las universidades públicas tendrán la responsabilidad de verificar el cumplimiento de los requisitos y monitorear las actividades de investigación de los docentes beneficiarios. También deberán garantizar el registro actualizado de la información académica en las plataformas correspondientes.
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Entre sus obligaciones figura validar periódicamente los productos científicos, promover la integridad de la investigación y asegurar que los docentes investigadores destinen tiempo suficiente al desarrollo de proyectos académicos.
La implementación del incentivo será financiada con recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación y forma parte de la política pública orientada a impulsar la producción científica y la innovación en la educación superior del país.
Lee el Decreto Supremo N.° 028-2026-EF completo pulsando AQUÍ.










