El panorama judicial en el país muestra un giro en las indagaciones vinculadas al caso Lava Jato.
Tras meses de recopilar información, la comisión investigadora del Congreso presentó su informe sobre el acuerdo de colaboración eficaz.
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El documento cuestiona la labor de los encargados de este proceso, colocando a Rafael Vela y José Domingo Pérez en una situación de escrutinio público.
La decisión parlamentaria fue tomada tras una votación que alcanzó 83 votos a favor, 11 en contra y dos abstenciones.
Según el Parlamento, el equipo especial habría incurrido en una serie de acciones irregulares que afectaron los intereses del Estado peruano.
Los cuestionamientos principales se centran en los beneficios otorgados a la empresa brasileña y a sus principales directivos.
Presuntos delitos y beneficios en el acuerdo
La imputación más severa contenida en el informe final se refiere al presunto delito de prevaricato.
El documento señala al fiscal Pérez como autor y a Rafael Vela como cómplice primario de esta figura legal.
La comisión argumenta que ambos suscribieron un convenio con cláusulas que resultan contrarias a la normativa nacional vigente.
Especialistas consultados durante la indagación sostienen que se introdujo un mecanismo de progresividad no contemplado en la ley penal.
Esta figura habría permitido la entrega fraccionada de información por parte de la empresa investigada.
De acuerdo con los testimonios recabados, esto facilitó la obtención de beneficios máximos antes de corroborar la eficacia real de las delaciones.
El informe detalla que se habrían otorgado exenciones de pena y facilidades administrativas a los representantes de la constructora.
Estos beneficios se habrían concedido sin que se cumpliera con identificar a los cabecillas de la red ni evitar la comisión de nuevos actos ilícitos.
Rafael Vela y Domingo Pérez omitieron funciones
Otro de los puntos destacados de la investigación del Congreso aborda el presunto encubrimiento personal y real.
Se cuestiona el archivo de indagaciones por defraudación tributaria que habían sido impulsadas por los organismos recaudadores.
El procurador de la Sunat testificó que existían evidencias sobre ocultamiento de ingresos por parte de exdirectivos extranjeros.
La versión del informe señala que los fiscales argumentaron que las pruebas procedían del marco de colaboración recíproca.
Sin embargo, la fiscalización de la Sunat se había gestionado de manera autónoma e independiente a ese acuerdo.
Esta decisión impidió que el Estado cobrara sumas considerables que superan los mil millones de soles en tributos.
Asimismo, el documento parlamentario atribuye una supuesta omisión de actos funcionales en el desarrollo de las carpetas.
Se indica que no se incluyó el delito de lavado de activos en situaciones donde la evidencia resultaba notoria.
Entre estos casos se menciona el financiamiento de campañas electorales de periodos pasados.
Por último, el Congreso advierte sobre la paralización de diez cuadernos de colaboración por un lapso de cinco años.
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La falta de corroboración dentro de los términos legales causó que estos elementos fueran enviados al archivo definitivo.
El informe también señala una presunta usurpación de funciones al negociar la reparación civil, una tarea que correspondía exclusivamente a la Procuraduría Pública.





