Elecciones 2026: ¿cuánto de multa voy a tener que pagar por no ir a votar este 12 de abril?

Encontrándonos próximos a los comicios del 12 de abril, consulta cuánto es la multa por no ir a votar dependiendo de tu distrito de residencia.

abril 8, 2026 –
16:43.
Actualizado en abril 8, 2026 –
16:51.
Elecciones 2026: ¿cuánto de multa voy a tener que pagar por no ir a votar este 12 de abril?
Elecciones 2026: ¿cuánto de multa voy a tener que pagar por no ir a votar este 12 de abril?

El próximo domingo 12 de abril, el Perú vivirá una jornada democrática sin precedentes. Más de 27 millones de ciudadanos están convocados a votar para elegir al próximo presidente, vicepresidentes, senadores, diputados y representantes al Parlamento Andino. En un escenario con 35 candidatos presidenciales, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha recordado que el sufragio es obligatorio y que el incumplimiento conlleva sanciones económicas directas.

Para estas Elecciones Generales 2026, las multas por no emitir el voto no son uniformes, sino que se rigen por la Ley 28859, la cual clasifica el monto según el distrito de residencia que figura en el DNI del elector.

Multas por no votar el 12 de abril: Montos según nivel de pobreza y cargo

Los montos establecidos son:

  • Distrito No Pobre: S/ 110.
  • Distrito Pobre No Extremo: S/ 55.
  • Distrito Pobre Extremo: S/ 27.50.

Sin embargo, la sanción más severa recae sobre aquellos seleccionados como miembros de mesa (titulares o suplentes). Si una persona no asiste a cumplir esta labor cívica, deberá pagar una multa de S/ 275. Cabe precisar que, si un miembro de mesa tampoco acude a votar, se le sumarán ambas multas, superando los S/ 300 en total.

¿Cómo evitar la multa si no puedo asistir?

La ONPE ha precisado que existen mecanismos legales para eximirse de la labor de miembro de mesa. Los ciudadanos seleccionados tienen un plazo de cinco días hábiles tras la publicación definitiva de la lista para presentar una excusa. Las causales válidas incluyen:

  1. Salud: Impedimento físico o mental grave debidamente acreditado.
  2. Viaje: Necesidad de ausentarse del territorio nacional.
  3. Gestación y lactancia: Mujeres embarazadas o con hijos de hasta 2 años.
  4. Edad: Ciudadanos mayores de 65 años.

Para quienes se encuentran en el extranjero, la dispensa de sufragio se gestiona ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a través de las oficinas consulares correspondientes. Es vital que los electores verifiquen su local de votación en el LINK oficial de la ONPE y consulten su estado de multas previo a los comicios para evitar restricciones en trámites civiles posteriores.

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