Desde el 20 de enero de 2026, los motociclistas que circulen con dos adultos en zonas declaradas en estado de emergencia enfrentan sanciones específicas, luego de que el Gobierno del Perú activara una medida orientada a reducir delitos cometidos con este tipo de vehículos en Lima Metropolitana y el Callao.
La disposición alcanza a motos de las categorías L1 y L3, incluidas las eléctricas, y no establece excepciones por parentesco o vínculo entre conductor y acompañante, según precisó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
¿A quiénes alcanza la prohibición?
La restricción aplica a todas las motocicletas comprendidas en las categorías señaladas y prohíbe que dos adultos viajen juntos, sin distinción alguna. La fiscalización está a cargo de la Policía Nacional del Perú (PNP).
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Rafael Rivera, especialista legal del MTC, explicó a TV Perú que la norma “no contempla excepciones”, por lo que tampoco se permite la circulación con cónyuges o familiares mayores de edad.
Multas y pérdida de puntos por la primera falta
La primera infracción conlleva una multa de S/ 660, equivalente al 12 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además del descuento de 50 puntos en el récord del conductor.
La sanción se aplica de inmediato y obliga a que uno de los ocupantes descienda del vehículo para poder continuar el trayecto, conforme a lo indicado por las autoridades.
¿Qué ocurre si el conductor de moto reincide?
En caso de una segunda infracción, la multa se eleva a S/ 1,320, equivalente al 24 % de la UIT, junto con la pérdida de 60 puntos adicionales en el récord.
El general Humberto Alvarado López, director de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, confirmó que esta reincidencia puede derivar en la suspensión de la licencia de conducir, dependiendo del puntaje acumulado.
¿Desde cuándo se aplican las sanciones?
Aunque la prohibición fue aprobada en octubre de 2025 por la Presidencia del Consejo de Ministros, recién el Decreto Supremo N.° 002-2026-MTC, publicado el 15 de enero de 2026, incorporó el régimen sancionador.
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La PNP inició la aplicación de multas desde el 21 de enero, tras un breve periodo de sensibilización en Lima y Callao, zonas donde el estado de emergencia fue prorrogado por 30 días.
Vigencia de la medida
El MTC precisó que la restricción se mantendrá vigente mientras dure el estado de emergencia y que forma parte de un conjunto de medidas excepcionales de control del tránsito.
“El viaje solo puede continuar con uno de los ocupantes”, remarcó Rivera al referirse a la aplicación inmediata de la norma.
En paralelo, gremios de motociclistas han expresado su rechazo y no descartan nuevas protestas si no se revisa la medida.








