El Pleno del Congreso aprobó días, por mayoría, el dictamen de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, un paquete económico que asciende a más de S/257.000 millones. El dictamen incorpora tanto incrementos salariales como el otorgamiento de un bono excepcional para los trabajadores del Estado.
La Ley del Presupuesto Público se promulgó el último jueves en el diario oficial El Peruano y con esto se ha oficializado las medidas que se plantean para el próximo año.

Bono S/100: ¿A quiénes se entregarán?
El aspecto más destacado en materia de beneficios laborales es el bono excepcional y por única vez de S/100. Este bono se entregará a los trabajadores públicos y está programado para ser pagado como máximo en el mes de enero de 2026.
El trámite para su desembolso se inicia en diciembre del Año Fiscal 2025. El Presupuesto público aprobado detalla específicamente los regímenes laborales que accederán al beneficio.
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Los beneficiarios del bono de S/100 incluyen a servidores del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales. Esto abarca a servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 276, 728, y 1057. También están considerados los servidores bajo las Leyes 30057, 29709, y 28091.
Convenio Colectivo a nivel Centralizado 2025-2026
El otorgamiento del bono excepcional fue acordado en la Cláusula Décima Segunda del Convenio Colectivo a nivel Centralizado 2025-2026.
Dicho convenio fue suscrito en el marco de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal. La Ley de Presupuesto establece que el bono excepcional no tiene carácter remunerativo.
Por lo tanto, este beneficio no está afecto a cargas sociales, no es de naturaleza pensionable, y no forma parte de los beneficios laborales.
Requisitos para acceder al bono
Para que el personal de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales acceda al bono, deben cumplir dos requisitos de manera conjunta.
Primero, deben encontrarse registrados en el AIRHSP del MEF hasta el 30 de junio de 2025. Segundo, deben contar con vínculo laboral vigente a la fecha de pago del bono excepcional.
En el caso de los gobiernos locales, las condiciones también son conjuntas. El personal debe estar registrado en el AIRHSP del MEF o en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) en el mes de junio de 2025.
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Otras condiciones
Además, deben mantener un vínculo laboral vigente a la fecha de pago del bono excepcional. Existe una excepción para ciertos servidores en los niveles remunerativos de funcionarios y directivos del régimen 276.
Si estos servidores no desempeñan cargos directivos o de confianza, ni reúnen las características de funcionario público o directivo, podrían percibir el bono. Para esto, la entidad debe identificar y sustentar el caso ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Esta sustentación requiere previa opinión de Servir sobre la naturaleza de las funciones del puesto. El Presupuesto 2026 marca el derrotero económico del Estado para el próximo año.










