La Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Paucartambo inició una investigación preliminar contra David Guevara por el presunto delito contra la libertad sexual, en la modalidad de tocamientos indebidos.
La víctima es una turista española de 34 años, y los hechos ocurrieron el pasado 17 de julio durante la Festividad de la Virgen del Carmen en el distrito de Paucartambo, Cusco.
Según reporte del fiscal provincial Carlos Raymundo Cruz Quispe, un danzante se aproximó a la turista, la abrazó y, aprovechando un descuido, la besó antes de huir del lugar.
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TURISTA SOLICITA SANCIÓN PARA SUJETO
La agraviada, a través de un comunicado, manifestó que este acto no fue una confusión o un juego, sino una clara invasión a su integridad, por lo que solicitó las sanciones correspondientes.
El despacho fiscal ha dispuesto de inmediato diversas diligencias para el esclarecimiento del delito.
Entre las acciones ya realizadas se incluyen la declaración de la agraviada vía Google Meet, con la presencia del representante del Ministerio Público, la declaración del imputado, la toma de declaración de testigos y la visualización de videos, entre otros.
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Las investigaciones continúan para determinar las responsabilidades correspondientes.
🚨 #FiscalíaActúa | Ministerio Público inició investigación de oficio contra David Guevara por el presunto delito de tocamientos indebidos en agravio de una turista española de 34 años, en Paucartambo, Cusco. El imputado habría aprovechado un descuido de la víctima para abrazarla… pic.twitter.com/uxHRUsT5jo
— Ministerio Público (@FiscaliaPeru) August 12, 2025
RECIBIRÍA HASTA PENA DE SEIS AÑOS
Por su parte, el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, José Manuel Mayorga Zárate, señaló que el mencionado delito puede ser sancionado con una pena privativa de la libertad de entre tres y seis años.
El magistrado aclaró que “no se trata de un beso de saludo, sino de un beso en la boca, lo que tendría una connotación libidinosa o eventualmente sexual. Este tipo de hechos no pueden permitirse”.
“Una cosa es la danza y el culto, y otra son conductas que exceden la intimidad y la libertad de las personas”, indicó Mayorga Zárate.










