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Las nuevas infracciones de tránsito que rigen desde este 28 de enero: evite multas y retención del brevete

"Circular por rutas no autorizadas para evitar el peaje es una infracción muy grave", advirtió Sutran.
enero 28, 2025 –
16:41.
Actualizado en enero 28, 2025 –
16:41.
Las nuevas infracciones de tránsito.
Las nuevas infracciones de tránsito.

Desde este martes 28 de enero, entró en vigencia las modificaciones al Reglamento Nacional de Tránsito, orientadas a prevenir la evasión del pago de peajes y los daños materiales en garitas.

Estas medidas, dispuestas mediante el Decreto Supremo 018-2024-MTC, también fomentan la interoperabilidad entre peajes manuales y electrónicos, facilitando el pago y reduciendo la congestión vehicular en las vías nacionales.

Entre los cambios destacados se incorporan las infracciones M45 y M46:

Infracción M45: se aplica a quienes transiten por rutas ajenas a caminos, vías urbanas o al Sistema Nacional de Carreteras (Sinac) con el fin de evitar el pago del peaje. Esta falta es calificada de muy grave y conlleva:

  • Internamiento del vehículo.
  • Retención de la licencia de conducir.
  • Multa del 12 % de una UIT (equivalente a S/ 642, según la UIT 2025).

Infracción M46: también considerada muy grave, sanciona las maniobras o acciones que provoquen daños a la infraestructura o garitas de peaje. Las medidas preventivas y la multa son las mismas que en el caso anterior.

“Circular por rutas no autorizadas para evitar el peaje es una infracción muy grave. Respeta las rutas establecidas y mantén la seguridad en todo momento”, escribió Sutran en sus redes sociales.

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