El Ejecutivo publicó la ley que establece que solo los cirujanos especialistas o médicos de especialización puedan intervenir en cirugías plásticas, ampliando la gama de profesionales que puedan realizar los procedimientos estéticos.
La medida fue tras modificar la Ley 31014, la cual busca regular el uso de sustancias modelantes en tratamientos estéticos y define estos procedimientos como actos médicos.
La normativa también prohíbe el uso de sustancias modelantes permanentes no biodegradables ni absorbibles.
Además, el Ministerio de Salud deberá trabajar en coordinación con los colegios profesionales para desarrollar campañas informativas sobre los riesgos ante el uso no regulado de estas sustancias por personas no aptas.
De esta manera, se modificaron los artículos 2, 3, 4 y 8 de la Ley 31014, dando pase a la Ley 3211. La disposición llevó la firma de la presidenta Dina Boluarte y el premier Gustavo Adrianzén.
“Solo están facultados a realizar dicho acto médico los profesionales que posean las especialidades de cirugía plástica, dermatología, oftalmología, cirugía de cabeza y cuello, otorrinolaringología, ginecología o urología, debidamente colegiados y con el registro de la especialidad respectivo; así como los médicos cirujanos debidamente colegiados con posgrado universitario con no menos de dos años de duración en Medicina Estética, de nivel maestría”, detalló la norma, resaltando los requisitos para que profesionales puedan realizar una cirugía plástica.





