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Extorsionadores pueden recibir cadena perpetua si producen daño o muerte, advierte Corte Superior de Lima

El delito de extorsión es duramente sancionado por el Código Penal.
octubre 13, 2024 –
07:20.
Actualizado en diciembre 5, 2024 –
02:40.
Extorsionador.
Extorsionador.

En Perú, el delito de extorsión es duramente castigado por el Código Penal, con penas que pueden llegar hasta los 35 años de cárcel o, incluso, cadena perpetua en los casos más graves, especialmente cuando se presentan otros delitos como homicidio o daños; así lo advirtió la jueza de la Corte Superior de Justicia de Lima, Yavari Villanueva Portella.

La magistrada explicó que la extorsión en su modalidad básica, es decir, cuando una persona obliga otra entregar algún beneficio contra su voluntad, es castigada con penas de entre 10 y 15 años de prisión. No obstante, cuando en el ilícito se producen lesiones o muertes, la pena puede incrementarse significativamente por la concurrencia de delitos adicionales, alcanzando la cadena perpetua.

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Asimismo, indicó que dicho código sanciona con la misma severidad (10 y 15 años de prisión) aquellos que, por razón de su cargo, oficio o profesión, proporcionen información o faciliten medios para la comisión del delito de extorsión.

En caso el delito se cometa utilizando armas de fuego, explosivos o artefactos incendiarios, o si es ejecutado por dos o más personas, las penas aumentan, situándose entre los 15 y 25 años de cárcel, precisó Villanueva Portella.

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"El delito de extorsión contra personas y/o instituciones públicas o privadas en el que se empleen armas de fuego o artefactos explosivos, está tipificado en el artículo 200 del Código Penal, y se sanciona con hasta 25 años de pena privativa de la libertad", dijo la jueza de la Corte Superior de Lima.

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